Primera cooperativa de iniciativa social sin ánimo de lucro de Extremadura

Wazo Coop

Sobre nosotr@s

Somos Impacto

Wazo Coop es una cooperativa social sin ánimo de lucro que trabaja con la Economía Social Solidaria y las Industrias Creativas y Culturales  para generar un impacto positivo en las zonas rurales. Wazo Coop es una organización de propiedad conjunta y gestión democrática.

Trabajamos en el empoderamiento y el liderazgo de las personas residentes de las zonas rurales mediante la promoción de modelos de conducta fuertes e inspiradores para liderar las comunidades locales.

Cooperamos y desarrollamos proyectos para la transformación social de las zonas rurales, promovemos el liderazgo participativo mediante la innovación y los métodos creativos para lograr cambios positivos.

Economía Social
y Solidaria

Industrias
Creativas y Culturales

Desarrollo
Rural

Cooperación

Nuestro trabajo

Los proyectos de Wazo Coop son...

Participativos

Provocan cambios positivos

Inclusivos

Somos impacto

Construimos vínculos duraderos para impulsar el desarrollo sostenible del medio rural

FAQ

Preguntas frecuentes sobre las cooperativas
de iniciativa social sin ánimo de lucro.

La Ley 5/2011, de 29 de Marzo, define como Economía Social el conjunto de las actividades económicas y empresariales, que en el ámbito privado llevan a cabo aquellas entidades que, de conformidad con los principios recogidos en el artículo 4, persiguen bien el interés colectivo de sus integrantes, bien el interés general económico o social, o ambos.

Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura, define la Cooperativas de Iniciativa Social

Artículo 168. Sociedades cooperativas de iniciativa social. 

1. Son sociedades cooperativas de iniciativa social las que tienen por objeto la prestación de todo tipo de servicios sociales, públicos o privados, mediante la realización de actividades sanitarias, educativas, culturales, cívicas, científicas, deportivas, de cooperación para el desarrollo, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, o cualesquiera otros fines de interés general de naturaleza análoga

Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura

Artículo 170. Calificación como sociedades cooperativas sin ánimo de lucro

Las sociedades cooperativas que sean calificadas como sin ánimo de lucro y cumplan con lo dispuesto en este artículo serán consideradas por las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura como entidades sin ánimo de lucro a todos los efectos.

El reconocimiento administrativo de la calificación como no lucrativa se hará constar, mediante nota marginal, en la correspondiente hoja registral abierta a la sociedad cooperativa.

Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura

Artículo 170. Calificación como sociedades cooperativas sin ánimo de lucro.

Las sociedades cooperativas de iniciativa social y las de integración social podrán ser calificadas e inscritas como sociedades cooperativas sin ánimo de lucro cuando, cumpliendo los requisitos que se determinan en sus respectivas regulaciones, recojan expresamente en sus estatutos:
a) Que los excedentes o beneficios que puedan producirse en un ejercicio económico, en ningún caso serán repartidos entre los socios, y se destinarán a la consolidación de la sociedad cooperativa y la creación de empleo.
b) Que el desempeño de los cargos del órgano de administración sea de carácter gratuito, sin perjuicio de las compensaciones económicas procedentes por los gastos en los que puedan incurrir los consejeros en el desempeño de sus funciones.
c) Que las aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios al capital social no puedan devengar un interés superior al legal del dinero, sin perjuicio de la posible actualización de las mismas.
Las retribuciones de los socios trabajadores y de las personas trabajadoras por cuenta ajena no podrán superar el 50% de las retribuciones que, en función de la actividad y categoría profesional, establezca el convenio colectivo aplicable a la actividad que desarrolle.

Sí, así lo dicta la Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura en el artículo 170:

Las sociedades cooperativas que sean calificadas como sin ánimo de lucro y cumplan con lo dispuesto en este artículo serán consideradas por las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura como entidades sin ánimo de lucro a todos los efectos.

La cooperativa de iniciativa social son a todos los efecto una entidad del tercer sector, con sus características proprias como:

  • El registro correspondiente es el registro de cooperativas.
  • Fiscalmente se identifica con la F porqué es una cooperativa.
  • El personal trabajador de las cooperativas principalmente son soci@s-trabajador@s

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